- Derechos de Agua

SÁNCHEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA

SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE AGUAS

REGION DE VALPARAÍSO

SÁNCHEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA, Rol Único Tributario número 50.340.420-6, domiciliada para estos efectos en Santiago, calle Encomenderos Nº 260, oficina 32, comuna de Las Condes, es dueña de dos derechos de aprovechamiento consuntivos de aguas subterráneas, de ejercicio permanente y continuo, extraídas mecánicamente desde los siguientes dos pozos ubicados en la comuna de Puchuncaví, provincia y Región de Valparaíso, por los caudales que a continuación se indican: (a) Pozo Nº 1: por un caudal de 2,5 litros por segundo y un volumen total anual a extraer desde el acuífero de 78.840 metros cúbicos. El punto de captación del derecho de aprovechamiento que se ejerce en el Pozo Nº 1 se ubica en las coordenadas UTM (metros) Norte: 6.385.388 y Este: 272.540, Datum Sudamericano de 1969; y (b) Pozo Nº 2: por un caudal de 2 litros por segundo y un volumen total anual a extraer desde el acuífero de 63.072 metros cúbicos. El punto de captación del derecho de aprovechamiento que se ejerce en el Pozo Nº 2 se ubica en las coordenadas UTM (metros) Norte: 6.385.531 y Este: 272.493, Datum Sudamericano de 1969. El área de protección de cada uno de los dos pozos previamente singularizados (Pozo Nº 1 y Pozo Nº 2) corresponde a un radio de 200 metros con centro en el eje de cada pozo.

Se solicita la autorización de un punto de captación alternativo respecto de los derechos de aprovechamiento de aguas que se ejercen en el Pozo Nº 1 y en el Pozo Nº 2, punto que se denomina Pozo “Condominio Pinares de Higuerillas” y que se ubica en las coordenadas UTM (metros) Norte: 6.385.291 y Este: 272.365, Datum WGS 84, comuna de Puchuncaví, provincia y Región de Valparaíso. Las aguas se captarán por elevación mecánica desde el punto alternativo de captación. Se solicita la autorización del punto alternativo de captación de los derechos de aprovechamiento de aguas para que desde dicho punto alternativo de captación pueda extraerse un caudal máximo instantáneo de 1,7 litros por segundo y un volumen total anual a extraer desde el acuífero de 53.611,2 metros cúbicos. Se solicita un área de protección de 200 metros de radio con centro en el eje del pozo ubicado en el punto alternativo de captación.

Por lo tanto, respecto del derecho de aprovechamiento que se ejerce en el Pozo Nº 1, se solicita la autorización del punto de captación alternativo para que con la explotación conjunta, simultánea, alternativa y/o separada de dicho punto alternativo de captación y del punto de captación que se ubica en el Pozo Nº 1, pueda extraerse mecánicamente un caudal de hasta 2,5 litros por segundo y un volumen total anual a extraer desde el acuífero de hasta 78.840 metros cúbicos. Asimismo, respecto del derecho de aprovechamiento que se ejerce en el Pozo Nº 2, se solicita la autorización del punto de captación alternativo para que con la explotación conjunta, simultánea, alternativa y/o separada de dicho punto alternativo de captación y del punto de captación que se ubica en el Pozo Nº 2, pueda extraerse mecánicamente un caudal de hasta 2 litros por segundo y un volumen total anual a extraer desde el acuífero de hasta 63.072 metros cúbicos.

Se solicita que la autorización del punto alternativo de captación de los derechos de aprovechamiento de aguas que se ejercen en el Pozo Nº 1 y en el Pozo Nº 2 se efectúe con las mismas características de dichos derechos de aprovechamiento, esto es, como un derecho de aprovechamiento consuntivo, de aguas subterráneas y de ejercicio permanente y continuo.

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