- Derechos de Agua

COMPAÑÍA AGRÍCOLA EL ÁLAMO DE NAICURA DOS LIMITADA

COMUNA DE RENGO

Cambio de puntos alternativos de captación de derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas

COMPAÑÍA AGRÍCOLA EL ÁLAMO DE NAICURA DOS LIMITADA, RUT N°77.769.740-4, solicita el cambio de puntos alternativos de captación de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas, por un caudal máximo de extracción instantáneo 69 litros por segundo y un volumen anual a extraer de 2.175.984 metros cúbicos, para que sean captados alternativamente desde cinco nuevos pozos, de manera conjunta y/o separada, con parcialidades simultáneas y/o de alternancia y con la limitación de extracción de un caudal instantáneo máximo de 69 litros por segundo por pozo. Puntos de captación de origen: 1) Derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal 47 litros por segundo y un volumen anual de 1.482.192 metros cúbicos, que se extraen mecánicamente desde el pozo número Uno ubicado en las coordenadas UTM (m) Norte: 6.194.451 y Este: 324.402, carta aerofotogramétrica de IGM, escala 1:50.000, Huso 19, Datum PSAD 1956, comuna de Rengo, Provincia de Cachapoal, Sexta Región; y 2) Derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal 22 litros por segundo y un volumen anual de 693.792 metros cúbicos, que se extraen mecánicamente desde el pozo número Cinco ubicado en las coordenadas UTM (m) Norte: 6.195.300 y Este: 324.510, carta aerofotogramétrica de IGM, escala 1:50.000, Huso 19, Datum PSAD 1956, comuna de Rengo, Provincia de Cachapoal, Sexta Región. Nuevos puntos alternativos de captación de destino: Los nuevos puntos alternativos de captación de destino, todos ubicados en la comuna de Rengo, Provincia de Cachapoal, Sexta Región, y, asimismo, en el mismo sector acuífero, son los siguientes: a) Pozo N°1 Cerezos, ubicado en el predio denominado Lote A del Resto de la Parcela Nº5, de propiedad de la solicitante, en las coordenadas UTM (m) Norte: 6.200.305 y Este: 323.000, Huso 19, Datum WGS 1984; b) Pozo N°3 Kiwis, ubicado en el predio denominado Parcela N°1, que era parte del Fundo El Álamo de Naicura, de propiedad de la solicitante, específicamente en las coordenadas UTM (m) Norte: 6.198.684 y Este: 321.909, Huso 19, Datum WGS 1984; c) Pozo N°4 Tranque, ubicado en el predio denominado Parcela N°3, que era parte del Fundo El Álamo de Naicura, de propiedad de la solicitante, específicamente en las coordenadas UTM (m) Norte: 6.199.715 y Este: 323.137, Huso 19, Datum WGS 1984; d) Pozo Máquinas, ubicado en el predio denominado Lote A del resto de la Parcela Nº5 del Fundo El Álamo de Naicura, de propiedad de la solicitante, específicamente en las coordenadas UTM (m) Norte: 6.199.805 y Este: 322.257, Huso 19, Datum WGS 1984: y e) Pozo Packing, ubicado en el predio denominado Parcela N°8, que era parte del Fundo El Álamo de Naicura, de propiedad de la solicitante, específicamente en las coordenadas UTM (m) Norte: 6.199.608 y Este: 322.388, Huso 19, Datum WGS 1984. Las aguas, serán usadas para riego agrícola, y, en los nuevos puntos alternativos de captación, se extraerán por elevación mecánica, de manera conjunta y/o separada, y con parcialidades simultaneas y/o de alternancia, sin superar un caudal instantáneo de 69 litros por segundo correspondientes a los derechos de aprovechamiento de aguas de dominio de la solicitante, y su uso será consuntivo y su ejercicio permanente y continuo. Se solicita un radio de protección de 200 metros con centro en los ejes de los pozos, respecto de los nuevos puntos alternativos de captación recién individualizados.

Descargar Pdf