- Derechos de Agua

Sociedad Agrícola Sacramento y Cía. Ltda.

Extracto de: Solicitud de cambio de punto de captación de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas, Comuna de Tierra Amarilla, Provincia de Copiapó, III Región de Atacama.

 SOCIEDAD AGRICOLA SACRAMENTO Y CIA LTDA. R.U.T N°88.793.000-7, solicita cambio de puntos de captación de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas:

  • Un derecho de aprovechamiento de agua subterráneas de uso consuntivo, de ejercicio permanente y continuo, por 25 Litros por Segundo, con un volumen anual a extraer desde el acuífero de 788.400 m3 , en la comuna de Tierra Amarilla, provincia de Copiapó, Región de Atacama, el cual se encuentra inscrito a fojas 1, N° 1 correspondiente al Registro de Propiedad de Aguas del año 1985 del Conservador de Bienes Raíces de Copiapó. Puntos de Captación de Origen: Pozo Lo Vallejo con 14 litros por segundo ubicado en las coordenadas UTM Norte: 6.920.835 metros, Este: 391.187 metros, referidas al Datum WGS1984 Huso 19, donde 5 litros por segundo corresponden a la inscripción antes mencionada de los cuales se trasladan 3 litros por segundo; Pozo N° 1 con 1 litro por segundo ubicado en coordenadas UTM Norte: 6.921.123 metros, Este: 390.821 metros, referidas al Datum1984 Huso 19, de los cuales se traslada la totalidad de los derechos;

NUEVO PUNTO DE CAPTACIÓN O PUNTO DE DESTINO: El nuevo punto de captación o de destino, se encuentra en el mismo sector del acuífero y corresponde al Pozo N° 3, que actualmente cuenta con 19 litros por segundo, de la inscripción antes señalada, cuyas coordenadas UTM son Norte: 6.921.152 metros y Este: 390.824 metros, referidas al Datum WGS1984 y se localiza en el Lote 1, ubicado en la Localidad de Los Loros, Comuna de Tierra Amarilla, Provincia de Copiapó, Región de Atacama. Se trasladan 4 litros por segundo y un volumen anual a extraer desde el acuífero de 126.144 metros cubicos. De esta manera el pozo contará con un total de 23 Litros por Segundo, que equivalen a 725.328 metros cúbicos por año. Se solicita un radio de protección de 200 metros con centro en el eje del pozo, los derechos de agua subterránea se extraerán mediante elevación mecánica y su uso será consuntivo, y su ejercicio permanente y continuo.

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