- Derechos de Agua

EMPRESA DE AGUA POTABLE MELIPILLA NORTE S.A. – 10 Litros

COMUNA DE MELIPILLA

Solicitud de puntos alternativos de captación de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas

EMPRESA DE AGUA POTABLE MELIPILLA NORTE S.A., RUT 96.577.460-2, solicita cambio de puntos alternativos de captación, de un derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas, de uso consuntivo, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal total máximo instantáneo de 10 litros por segundo y un volumen anual a extraer del acuífero de 315.360 metros cúbicos para ser aprovechados de manera alternativa o simultánea en ellos y en su punto de captación de origen. Punto de captación de origen: Las aguas se captan por elevación mecánica desde un pozo ubicado en la Parcela Dos del plano de loteo de la Hijuela Cuarta, Santa Julia, específicamente en Coordenadas UTM (metros) Norte: 6.272.565; Este: 294.803, Datum PSAD 1956, Comuna y Provincia de Melipilla, Región Metropolitana. Nuevos puntos alternativos de captación o extracción: Los nuevos puntos alternativos de captación, se ubican en: I) Pozo N°4: ubicado en un predio denominado “Parcela número 5, del plano de subdivisión del predio denominado ‘El Parronal’ que forma parte de la hijuela signada Lote B de la Hijuela Norte de Las Casas de Santa Julia”, específicamente en las Coordenadas UTM (metros), Datum WGS 1984, Huso 19, Norte: 6.271.945 y Este: 294.512, en la Comuna y Provincia de Melipilla, Región Metropolitana; II) Pozo N°5: ubicado en un Predio de propiedad de la AGRÍCOLA CHACRA MARIN LIMITADA, denominado “LOTE CINCO-A-DOS-UNO-A-UNO-B, de la subdivisión del Lote Cinco-A-Dos-Uno-A-Uno, que corresponde a la subdivisión del resto del predio denominado “Chacra Marin”, específicamente en las Coordenadas UTM (metros), Datum WGS 1984, Huso 19, Norte: 6.269.950 y Este: 293.518, en la Comuna y Provincia de Melipilla, Región Metropolitana. El derecho de aprovechamiento de aguas, en los puntos alternativos de captación, se extraerá mediante elevación mecánica, su uso será consuntivo y su ejercicio permanente y continuo. Se solicitan radios de protección de 200 metros con centro en el eje de cada uno de los puntos alternativos de captación.

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