EXTRACTO.
SOLICITUD DE APROBACIÓN DE OBRA.
ARTÍCULO 294 DEL CÓDIGO DE AGUAS.
ACUEDUCTO EN PRESIÓN INMISARIO TERRESTRE.
COMUNAS DE PUCHUNCAVÍ Y DE QUINTERO.
PROVINCIA DE VALPARAISO.
REGIÓN DE VALPARAISO.
DIRECTOR GENERAL DE AGUAS.
Enrique Alberto Cruzat Torres, chileno, casado, ingeniero civil industrial, cédula nacional de identidad número 8.548. 720-5, en representación, según se acreditará, de AGUAS PACÍFICO SpA, persona jurídica de giro construcción y operación de plantas desaladoras de agua, Rol Único Tributario N° 76.580. 736-0, ambos con domicilio en Avenida Apoquindo Nº 3472, piso 9, oficina 901 B, Las Condes, Santiago, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 294 del Código de Aguas, al señor Director General de Aguas respetuosamente digo:
Requerimos la aprobación del proyecto y autorización de construcción de la obra hidráulica mayor, artículo 294 del Código de Aguas, denominada «ACUEDUCTO EN PRESIÓN INMISARIO TERRESTRE», ubicada en la Región de Valparaíso, Provincia de Valparaíso, Comunas de Puchuncaví y de Quintero.
Aguas Pacífico SpA sometió al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), el Estudio de Impacto Ambiental del denominado «Proyecto Aconcagua». El mismo fue calificado favorablemente por Resolución de Calificación Ambiental Exenta Nº 037, de fecha 13 de agosto de 2018, del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaiso.
El «Proyecto Aconcagua» consiste en la construcción y operación de una planta desalinizadora y sus obras asociadas, para generar agua desalinizada. La capacidad de producción de agua desalinizada será de 1.000 l/s y, para lo anterior, extraerá agua del medio marino como insumo. La obra denominada «ACUEDUCTO EN PRESIÓN INMISARIO TERRESTRE» forma parte del «Proyecto Aconcagua» de Aguas Pacifico SpA.
Descripción de la Obra sometida a aprobación. Artículo 294 del Código de Aguas.
Obra | Descripción de la obra |
Acueducto en Presión Inmisario Terrestre. |
Se utilizará una tubería de HDPE PE100 PN12,5 en los primeros 2,4 km del trazado y una tubería de HDPE PE100 PN10 entre el kilómetro 2,4 y 4,2 aprox., enterrada, de 1.600 mm de diámetro exterior, para transportar agua de mar desde la sentina hasta el sector Planta. La profundidad de enterramiento hasta la parte superior de la tubería será de 1,2 m mínimo en relación con la superficie del terreno existente, excepto para los atraviesas de la línea férrea y los caminos que será mínimo de 2,00 m. Además, el sistema contempla una impulsión con 6 bombas verticales de dos etapas, más 1 stand-by, de 500 kW cada una con variador de frecuencia y un sistema de amortiguamiento de golpe de ariete compuesto por 5 estanques de una capacidad total de 55 m3.
El sistema estará monitoreado desde la sala de control de la planta por medio de las señales que se enviarán desde flujómetro, manómetros y sensores de nivel. Asimismo, el sistema estará controlado desde la sala de control de la planta a través de los variadores de frecuencia de cada bomba. El diseño del sistema de impulsión considera un caudal de 2.697 l/s y 4,2 km de longitud, aproximadamente. La velocidad media alcanzada para la condición de operación de diseño en la tubería es de 1,84 m/s para el primer tramo de PN12,5 y 1,72 m/s para el segundo tramo de PN10. Para el inmisario terrestre se proyectaron 7 venteas tri-funcionales, cuyo objetivo es permitir la liberación o el ingreso de aire en los procesos de llenado o vaciado de la tubería y se ubicó un drenaje principal en el sector de la sentina de las bombas, el cual se proyecta con un diámetro de φ30″ Para el drenaje principal de diámetro φ30″, direccionado hacia la sentina de las bombas, se considera una placa orificio de diámetro interior de 405 mm aproximadamente, para que el caudal máximo de drenaje sea de 3.000 l/s y la velocidad en este tramo sea igual o menor a 6, 9 m/s. Considerando que la tubería del inmisario terrestre va enterrada, se consideran cámaras de protección para todos los venteos, las cuales permitirán el ingreso de aire para el adecuado funcionamiento de las ventosas. |
En cuanto a la justificación del caudal de diseño, cabe hacer presente que el inmisario tiene un caudal nominal de 2.452 l/s, el cual se obtiene al considerar los porcentajes de recuperación de las distintas etapas para una producción de 1000 l/s de agua producto, más 20 m3/h (5,55 l/s) para consumos internos de la planta. Entonces, se considerará un caudal de diseño de 1, 1 veces el caudal nominal requerido por la planta a su máxima capacidad de producción, debido a que esta es una condición de operación estable y no un estado eventual, de esta manera se podrán cubrir las fluctuaciones particulares del proceso con el fin de asegurar su porteo.
Ubicación de la Obra sometidas a aprobación. (Coordenadas UTM referidas al Datum WGS 84, Huso 19).
Obra | Detalle | Norte (m) | Este (m) |
Acueducto en Presión lnmisario Terrestre | Inicio | 6.372.986 | 267.285 |
Fin | 6.369.496 | 267.796 |
Antecedentes adicionales.
Cabe hacer presente que la sentina que se contempla, corresponde a una obra de hormigón enterrada, la cual se proyecta con un volumen de operación máximo de 1300 m3 y un volumen de operación mínimo de 400 m3. Esta obra contendrá todas las instalaciones de la estación de bombeo. A continuación, las elevaciones principales para el dimensionamiento hidráulico:
Parámetro | Elevación m.s.n.m* |
Elevación tope concreto bombas | 3,50 |
Elevación mínima de operación | -3,90 |
Elevación máxima de operación | 2,26 |
*Nivel medio del mar
Es del caso señalar que el agua impulsada desde la sentina y transportada desde el inmisario se acumulará en 5 estanques de similares características y de 150 m3 cada uno.
Por último, el trazado del inmisario terrestre requerirá implementar obras especiales para atraviesos de caminos y de la vía férrea, para los cuales se proyectan cruces subterráneos mediante la instalación de túneles liner y zanja abierta. Se proyecta cruzar con túnel liner, para evitar interrumpir el flujo vehicular y de ferrocarriles, la ruta F-30E correspondiente al camino principal y la vía férrea. Asimismo, se proyectan dos zanjas abiertas para los cruces del camino secundario F-212 y del camino de acceso a la Planta de GNL Quintero.
Los antecedentes detallados del proyecto, incluyendo descripciones, memoria, planos, y especificaciones técnicas, conforme exige la normativa vigente, se acompañan a la presente solicitud, pudiendo ser consultados por cualquier interesado en las dependencias de la Dirección General de Aguas. El proyecto que se somete a aprobación no produce contaminación de aguas y no causa daño a la vida, salud o bienes de la población.