- Derechos de Agua

CLAUDIO ANDRÉS ACEVEDO ESPÍNOLA y CARLOS RENÉ HORMANN VÁSQUEZ – 16,08 LITROS

COMUNA DE REQUINOA

Cambio de punto alternativos de captación de derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas

CLAUDIO ANDRÉS ACEVEDO ESPÍNOLA, C.I. Nº15.960.647-3 y CARLOS RENÉ HORMANN VÁSQUEZ, C.I. Nº13.905.587-K, solicitan el cambio de puntos alternativos de captación parcial de un derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal máximo instantáneo de 66,08 litros por segundo y un volumen anual de 2.083.968 metros cúbicos a extraer desde un pozo que captará las aguas por elevación mecánica ubicado en las coordenadas UTM (m): Norte: 6.196.315 y Este: 326.803, Datum 1956, comuna de Rengo, Provincia de Cachapoal, Sexta Región, del cual se solicita el cambio de puntos alternativos de captación parcial de un caudal de 16,08 litros por segundo y un volumen anual de 528.768 metros cúbicos. Nuevos puntos alternativos de captación: Los nuevos puntos alternativos de captación, desde los cuales se captarán las aguas de manera conjunta y/o separada, con parcialidades simultáneas y/o de alternancia, por un caudal máximo de extracción instantánea de 16,08 litros por segundo, son: a) Pozo N°1, ubicado dentro del “Resto de la Reserva del Predio denominado Hijuela Sur de Los Boldos”, de propiedad un tercero, en las coordenadas UTM (m) Norte: 6.201.590 y Este: 337.767, Huso 19, Datum WGS 1984, comuna de Requinoa, Provincia de Cachapoal, Sexta Región; y b) Pozo N°2, ubicado dentro de la “Parcela N°17 del Proyecto de Parcelación Lourdes”, de propiedad de un tercero, en las coordenadas UTM (m) Norte: 6.203.066 y Este: 337.627, Huso 19, Datum WGS 1984, comuna de Requinoa, Provincia de Cachapoal, Sexta Región. Dicho derecho de aprovechamiento de aguas, en los nuevos puntos alternativos de captación, se extraerán por elevación mecánica, de manera conjunta y/o separada, y con parcialidades simultáneas y/o de alternancia, y su uso será consuntivo y su ejercicio permanente y continuo. Se solicita un radio de protección de 200 metros, con centro en los ejes de los pozos, respecto de los nuevos puntos alternativos de captación recién individualizados.

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