- Derechos de Agua

CLAUDIO ANDRÉS ACEVEDO ESPÍNOLA y CARLOS RENÉ HORMANN VÁSQUEZ – Pozo N°4

COMUNA DE RENGO

Cambio de punto de captación parcial de derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas

CLAUDIO ANDRÉS ACEVEDO ESPÍNOLA, C.I. Nº15.960.647-3 y CARLOS RENÉ HORMANN VÁSQUEZ, C.I. Nº13.905.587-K, solicitan el cambio de punto de captación parcial de un derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal de 3,8 litros por segundo y un volumen total anual de 119.836,8 metros cúbicos. Punto de captación de origen: Derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal máximo instantáneo de 66,08 litros por segundo y un volumen anual total de 2.083.968 metros cúbicos a extraerse por elevación mecánica desde un pozo ubicado en el punto de coordenadas UTM: Norte: 6.196.315 metros y Este: 326.803 metros, referidas al Datum 1956, comuna de Rengo, Provincia de Cachapoal, Sexta Región. Nuevo punto de captación de destino: El nuevo punto de captación o punto de destino, denominado “Pozo N°4”, se ubica en el mismo sector acuífero, dentro del predio denominado “Parcela N°6”, de propiedad de la sociedad Agrícola Rio Peumo Limitada, en las coordenadas UTM (m) Norte: 6.187.917, Este: 335.396, Huso 19, Datum WGS 1984, comuna de Rengo, Provincia de Cachapoal, Sexta Región del Libertador Bernardo O´Higgins. Dichos derechos de aprovechamiento de aguas, en el nuevo punto de captación, se extraerán mediante elevación mecánica, y su uso será consuntivo y su ejercicio permanente y continuo. Se solicita un radio de protección de 200 metros con centro en el eje del pozo, respecto del nuevo punto de captación recién individualizado.

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