COMUNA DE PETORCA
Cambio de puntos alternativos de captación de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas
COOPERATIVA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE HIERRO VIEJO, RUT Nº70.453.200-8, solicita el cambio de puntos alternativos de captación de un derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal máximo instantáneo de 2 litros por segundo y un volumen total anual de 63.072 metros cúbicos. Puntos de captación de origen: Derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas, de ejercicio permanente y continuo, por un volumen anual de 227.059,2 metros cúbicos y caudal máximo instantáneo de extracción de 7,2 litros por segundo. Las aguas se captan por elevación mecánica desde un pozo ubicado en las coordenadas UTM (metros) Norte: 6.426.984 y Este: 310.667, Huso 19, Datum Provisorio Sudamericano de 1956, comuna y Provincia de Petorca, Quinta Región de Valparaíso, del cual se solicita el cambio de punto alternativo de captación parcial de un caudal de 2 litros por segundo y un volumen anual de 63.072 metros cúbicos. Nuevos puntos alternativos de captación de destino: Los puntos de captación alternativos, desde los cuales se captarán las aguas de manera conjunta y/o separada, con parcialidades simultaneas y/o de alternancia, por un caudal máximo instantáneo total de 2 litros por segundo, son los siguientes: 1) Pozo Hierro Viejo 1, correspondiente, a su vez, al punto de captación de origen, ubicado en un retazo de terreno de propiedad de la solicitante, específicamente en las coordenadas UTM (metros) Norte: 6.426.610 y Este: 310.484, Huso 19, Datum WGS 1984, comuna y Provincia de Petorca, Quinta Región; y 2) Pozo Hierro Viejo 2, el cual se encuentra dentro de un bien nacional de uso público denominado La Chimba, específicamente en las coordenadas UTM (metros) Norte: 6.430.538 y Este: 320.828, Huso 19, Datum WGS 1984, comuna y Provincia de Petorca, Quinta Región. Dicho derecho de aprovechamiento de aguas, en los nuevos puntos alternativos de captación, se extraerán por elevación mecánica, de manera conjunta y/o separada, y con parcialidades simultaneas y/o de alternancia, y su uso será consuntivo y su ejercicio permanente y continuo. Se solicita un radio de protección de 200 metros con centro en los ejes de los pozos, respecto de los nuevos puntos de captación alternativos recién individualizados.