MODIFICACION DE CAUCE
Marcelo Araya Núñez, RUT N° 10.031.626-9, en representación de Agrícola y Forestal Naguilan S.A., RUT N° 86.486.300-0, solicita autorización de modificación de cauce establecida en el artículo 171 del Código de Aguas, para la construcción de un muro en tierra (Tranque) que intercepta las aguas que escurren por una Quebrada Sin Nombre, ubicada en la Comuna de Pichilemu, Provincia de Cardenal Caro, VI Región del Libertador Bernardo O´Higgins, en las coordenadas UTM, en Datum WGS 84, Norte 6.210.709 m. y Este: 228.168 m. Huso 19. El muro proyectado tendrá una altura de 4,91 m. medidos desde el coronamiento al eje del cauce y un largo de 71,04 m., con la construcción de un vertedero y una obra de evacuación de crecidas, junto con una válvula de compuerta ubicada en el fondo del tranque, el que permitirá interceptar aguas que posee el titular, el volumen máximo de almacenamiento resultante es de 8.242 metros cúbicos.