- Derechos de Agua

Rijk Zwaan Chile Limitada – María Pinto

SOLICITUD DE CAMBIO DE PUNTO DE CAPTACION DE DERECHO DE APROVECHAMIENTO

DE AGUAS SUBTERRANEAS.

            PEDRO FRANCISCO VELOSO REYES, cédula nacional de identidad número trece millones setecientos sesenta y siete mil ciento treinta y uno guion K, y LIDA ALEJANDRA ARENAS RAMIREZ, cédula nacional de identidad número nueve millones trescientos cuarenta y dos mil ciento noventa y dos guion dos, ambos en representación de RIJK ZWAAN CHILE LIMITADA, Rol Único Tributario número setenta y seis millones novecientos cuarenta y dos mil ochocientos setenta guion cuatro, todos domiciliados en Avenida El Bosque Central Nº 92, piso 6º, Las Condes, Santiago, al Sr. Director General de Aguas, respetuosamente decimos:

            RIJK ZWAAN CHILE LIMITADA es dueña de:

(A) Un derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal de 3,5 litros por segundo y un volumen total anual de 22.075,1 metros cúbicos, en la comuna de María Pinto, provincia de Melipilla, Región Metropolitana, que se capta por elevación mecánica desde un pozo ubicado en las siguientes coordenadas UTM Norte 6.286.924 mts y Este 295.786 mts, Huso 19, Datum PSAD 1956, en la comuna de María Pinto, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana. Este derecho de aprovechamiento se encuentra inscrito a nombre de RIJK ZWAAN CHILE LIMITADA a fojas 355 vuelta número 548 en el Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Melipilla del año 2018

(B) Un derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal de 0,4 litros por segundo, que se captan mediante elevación mecánica desde un pozo de cincuenta metros de profundidad, en la comuna de María Pinto, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, ubicado en la parcela número dieciséis, del Proyecto de Parcelación El Redil y Santa Emilia, a treinta metros del camino de Lolenco a Chorombo, y a setenta y cinco metro al Oriente del sitio número treinta y siete que la deslinda, conduciéndose el agua por cañería de rocalit hacia dos tranques de ochocientos metros cúbicos de capacidad cada uno, desde donde se distribuirá por canales abiertos a los sectores de aprovechamiento. Este derecho de aprovechamiento se encuentra inscrito a nombre de RIJK ZWAAN CHILE LIMITADA a fojas 359  número 607 en el Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Melipilla del año 2017.

(C) Un derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal de 3 litros por segundo, en la comuna de María Pinto, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, que se capta por elevación mecánica desde un pozo, con un área de protección de doscientos metros. El punto preciso donde se capta y extrae será el ubicado en el predio denominado Hijuela Los Pozos, del plano de subdivisión del Fundo Santa Emilia, comuna de María Pinto, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, a trescientos setenta y nueve coma cinco metros al oriente del eje de la ruta G guión setecientos treinta y a cincuenta coma ocho metros al Sur del eje de la ruta G guión setecientos cuarenta. Este derecho de aprovechamiento se encuentra inscrito a nombre de RIJK ZWAAN CHILE LIMITADA a fojas 72vta  número 121 en el Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Melipilla del año 2019.

Solicita se apruebe el Cambio del Punto de Captación de los derechos de aprovechamiento antes singularizados, de acuerdo a lo que se expone a continuación:

(I) Respecto del derecho de aprovechamiento singularizado bajo la letra (A) anterior, el cambio de punto de captación se solicita por un caudal máximo instantáneo a extraer de 3,5 l/s y un volumen total anual de 22.075,1 m3.

(ii) Respecto del derecho de aprovechamiento singularizado bajo la letra (B) anterior, el cambio de punto de captación se solicita por un caudal máximo instantáneo a extraer de 0,4 l/s y un volumen total anual de 12.614,4 m3.

(iii) Respecto del derecho de aprovechamiento singularizado bajo la letra (C) anterior, el cambio de punto de captación se solicita por un caudal máximo instantáneo a extraer de 3 l/s y un volumen total anual de 94.608 m3.

Respecto de todos los derechos de aprovechamiento, el cambio de punto de captación se solicita hacia un nuevo pozo de destino cuya ubicación se encuentra definida por las coordenadas UTM Norte 6.295.632 metros y Este 308.414 mts, Huso 19, Datum WGS 84, comuna de Curacaví, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, localizado en el inmueble denominado Hijuela El Álamo número Dos de los Fundos San Joaquín y Los Rulos, comuna de Curacaví, de propiedad de RIJK ZWAAN CHILE LIMITADA, conforme consta en copia autorizada de la inscripción con vigencia de fojas 5748 N° 6125 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca del año 2016. Se solicita además un radio de protección de 200 metros en torno al referido pozo de destino. La extracción de las aguas se realizará en forma mecánica. Los derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas mantendrán su carácter de consuntivo, de ejercicio permanente y continuo.

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