- Derechos de Agua

SIETE LAGOS DEL SUR SpA

SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE AGUAS

REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O’HIGGINS

SIETE LAGOS DEL SUR SpA, Rol Único Tributario número 77.972.780-7, representada por José Alejandro Prieto Pérez, cédula nacional de identidad número 10.325.280-6, ambos domiciliados para estos efectos en Santiago, calle Encomenderos Nº 260, oficina 32, comuna de Las Condes, solicita el cambio de punto de captación de un derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas de ejercicio permanente y continuo, con un caudal máximo instantáneo de extracción de 5 litros por segundo y un volumen total anual de 75.690 metros cúbicos, a captarse desde un pozo ubicado en el sector acuífero denominado Estero Las Palmas, en la comuna de Las Cabras, Provincia de Cachapoal, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. El agua se capta por elevación mecánica, en un punto definido por la intersección de las coordenadas U.T.M. Norte: 6.214.448 metros y Este: 285.826 metros, referidas al Datum WGS 84, Huso 19, con un área de protección definida por un círculo de 200 metros de radio, con centro en el eje del pozo. Se solicita el cambio de punto de captación del derecho de aprovechamiento con las mismas características con las que fue constituido, esto es, un derecho de aprovechamiento consuntivo, de aguas subterráneas, de ejercicio permanente y continuo. Asimismo, se solicita el cambio de punto de captación por un caudal máximo instantáneo de 5 litros por segundo y por un volumen total anual en el nuevo punto de captación que corresponde a 75.690 metros cúbicos a extraer desde el acuífero. Las aguas serán captadas por elevación mecánica desde un nuevo punto de captación denominado Pozo La Santina, que se encuentra ubicado en la comuna de Las Cabras, provincia de Cachapoal, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, en las coordenadas UTM: Norte: 6.212.180 metros y Este: 284.941 metros, Huso 19, correspondientes al Datum WGS 84. El uso que se le dará a las aguas será para actividades agrícolas y consumo humano y animal. Por último, se solicita un área de protección de un círculo de 200 metros de radio con centro en el eje del Pozo La Santina.

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