- Derechos de Agua

Claudio Acevedo y Carlos Hormann

COMUNA DE RENGO

Cambio de puntos alternativos de captación de derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas

CLAUDIO ANDRÉS ACEVEDO ESPÍNOLA, C.I. Nº15.960.647-3 y CARLOS RENÉ HORMANN VÁSQUEZ, C.I. Nº13.905.587-K, solicitan el cambio de puntos alternativos de captación de parte de un derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal de 40 litros por segundo y un volumen total anual de 1.244.160 metros cúbicos. Punto de captación de origen: Derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal máximo instantáneo de 66,08 litros por segundo y un volumen anual total de 2.083.968 metros cúbicos a extraerse por elevación mecánica desde un pozo ubicado en el punto de coordenadas UTM: Norte: 6.193.315 metros y Este: 326.803 metros, referidas al Datum 1956, comuna de Rengo, Provincia de Cachapoal, Sexta Región. Nuevos puntos alternativos de captación: Los nuevos puntos alternativos de captación, ambos ubicados en el mismo sector acuífero del punto de origen, desde los cuales se captarán las aguas de manera conjunta y/o separada, con parcialidades simultaneas y/o de alternancia, por un caudal máximo instantáneo total de 40 litros por segundo, son los siguientes: a) Pozo N°1, el cual se encuentra dentro del predio denominado Parcela Nº3 del Proyecto de Parcelación Santa Corina, de propiedad de Agrícola Río Peumo Limitada, específicamente en las coordenadas UTM (m) Norte: 6.186.163 y Este: 336.172, Huso 19, Datum WGS 1984, en la comuna de Rengo, Provincia de Cachapoal, Sexta Región; b) Pozo N°2, el cual se encuentra dentro del predio denominado Parcela Nº5 del Proyecto de Parcelación Santa Corina, de propiedad de Agrícola Río Peumo Limitada, específicamente en las coordenadas UTM (m) Norte: 6.187.448 y Este: 335.593, Huso 19, Datum WGS 1984, en la comuna de Rengo, Provincia de Cachapoal, Sexta Región; y, c) Pozo N°3, el cual se encuentra dentro del predio denominado Lote A-1A, resultante de la subdivisión del Lote A-1 que es parte del Lote A en que se subdividió la Hijuela Uno o resto del Fundo Popeta, de propiedad de Agrícola Río Peumo Limitada, específicamente en las coordenadas UTM (m) Norte: 6.186.139 y Este: 336.955, Huso 19, Datum WGS 1984, en la comuna de Rengo, Provincia de Cachapoal, Sexta Región. Dichos derechos de aprovechamiento de aguas, en los nuevos puntos alternativos de captación, se extraerán por elevación mecánica, de manera conjunta y/o separada, y con parcialidades simultaneas y/o de alternancia, y su uso será consuntivo y su ejercicio permanente y continuo. Se solicita un radio de protección de 200 metros con centro en los ejes de los pozos, respecto de los nuevos puntos de captación alternativos recién individualizados.

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